28 de Febrero fecha limite para corregir un CFDI de nóminas
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estableció un plazo para la corrección de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por nómina correspondientes al ejercicio 2021.
Lo anterior lo hizo la autoridad fiscal a través de la regla 2.7.5.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.
Dicha regla establece que los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2021 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión, podrán por única ocasión corregir éstos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 28 de febrero de 2022 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.
El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad, se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2021 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2021 en que se realizó el pago asociado al comprobante.
Un dato a considerar es que la declaración anual de personas morales es prellenada con los datos que constan en los CFDI de nóminas, por lo que su corrección, en caso de ser necesario es indispensable.
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