Las cartas invitación son documentos expedidos por el fisco donde solicitan al contribuyente el cumplimiento de obligaciones fiscales omitidas o la aclaración de alguna irregularidad en sus declaraciones.
Se trata de documentos que pueden ser de dos tipos:
- La primera es una carta abierta al contribuyente en general para invitarlo a cumplir sus obligaciones fiscales.
- La segunda son cartas personalizadas en donde se pudieran señalar omisiones al cumplimiento de alguna obligación o discrepancias entre la información declarada y la información digital.
El SAT envía la carta invitación vía buzón tributario, y el contribuyente tiene que cumplir sus obligaciones, aclarar las discrepancias detectadas o autocorregirse, dependiendo del motivo de la carta.
Las cartas invitación forman parte de los programas recaudatorios del SAT, quien envía estos documentos porque analiza la información de sus bases de datos y detecta diferencias o inconsistencias.
Las cartas invitación derivan del monitoreo que realiza el SAT para que los contribuyentes cumplan sus obligaciones fiscales. Es decir, para que presenten sus declaraciones en tiempo y forma.
Como parte de su estrategia para aumentar la eficiencia recaudatoria, el SAT tiene los siguientes programas:
- Programa de Vigilancia Profunda.
- Programa de Vigilancia del Cumplimiento de Obligaciones.
- Programa de Cobranza Coactiva.
Diferencias por las que el SAT envía cartas invitación se encuentran las siguientes:
- Las que derivan de comparar las cifras que presentan los contribuyentes en las declaraciones y las que arrojan los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas.
- Las diferencias en deducciones amparadas con las facturas y lo reportado en la declaración anual.
- Las que se detectan en las retenciones que deben realizar las empresas, y que están relacionadas con los salarios y los pagos a personas que prestan servicios personales independientes.