Obligaciones y recomendaciones si rentas un inmueble
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Vivienda del 2020, en México existen cerca de 5.8 millones de viviendas que son rentadas en México, de las cuales 54% tiene un contrato de renta vigente.
Pero el tener un contrato vigente no quiere decir que sea totalmente formal el asunto, pues para esto se requiere que los dueños de los inmuebles que son rentados paguen sus impuestos correspondientes, tal y como lo estipula la ley.
El estar al corriente con el SAT en caso de que una persona decida dar en arrendamiento un inmueble de su propiedad, no sólo significa pagar al fisco los impuestos correspondientes, sino que también es una forma de proteger el patrimonio.
“Si el arrendador tiene un problema con el arrendatario, la única forma que va tener para demostrar que el arrendatario incumplió con el pago de su renta, es con la emisión de los recibos de arrendamiento; por ejemplo, si en un juicio el propietario tendrá que demostrar que emitió los comprobantes fiscales (para que falle la ley a su favor)”.
Primer paso
Para la autoridad fiscal, lo primero que debe de hacer una persona que pretende dar en arrendamiento un inmueble de su propiedad es darse de alta ante el SAT, con el fin de que el pueda emitir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
Posteriormente debe de elegir, si es posible con asesoría, cuál es el régimen fiscal que más le conviene, actualmente hay dos regímenes fiscales para personas que obtienen ingresos por dar en renta un inmueble, el de arrendamiento, asimismo a partir de este año, entró en vigor el Régimen Simplificado de Confianza. Una vez elegido el régimen fiscal se debe cumplir con las obligaciones presentando las declaraciones y cumpliendo con el pago de los impuestos.
Recomendación
No es conveniente postergar estar al corriente con el pago de impuestos, pues en algún momento la autoridad fiscal detectará los ingresos que una persona percibe por concepto del cobro de rentas y es ahí cuando puede traerle consecuencias importantes.
La autoridad conoce que se tiene una propiedad y esta propiedad está en el predial, además, si llegan a depositar en sus tarjetas de crédito o en sus cuentas bancarias el producto, rendimiento o ganancia y no la declaran es ahí donde tocará la puerta la autoridad. Es un ahorro malentendido, siempre saldrá más caro evadir impuestos si lo detecta la autoridad, porque hay que pagar recargos, actualizaciones y multas”
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