Prorroga para el uso obligatorio de CFDI 4.0

En 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó una actualización al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura, el cual pasó de la versión 3.3 a la 4.0. 

La autoridad fiscal otorgó un periodo de transición, hasta el 30 de abril, para que los contribuyentes puedan utilizar ambas versiones de facturación. 

Es decir, el uso obligatorio del CFDI 4.0 iniciaría el 1 de mayo.

Pero el SAT recientemente anunció una ampliación del periodo de transición, para que el uso obligatorio del CFDI 4.0 inicie hasta el 1 de julio.

La autoridad fiscal hizo lo anterior a través de la primera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.

La autoridad fiscal hizo lo anterior a través de la primera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.

Décimo Séptimo. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *