Los contribuyentes que opten por tributar en el RESICO, deberán de contar con la e.firma activa a más tardar el 30 de junio de 2022
Si tienes una estética, ferretería, miscelánea, cafetería o un negocio que no supere los 3.5 millones de pesos al año, y aún no activas tu firma electrónica, corres el riesgo de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te saque del nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Tienes hasta el 30 de junio para cumplir con el requisito de contar con la firma electrónica para poder seguir en este esquema que ofrece varios beneficios a los pequeños contribuyentes que incluye también a los médicos y abogados.
En la resolución Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de diciembre de 2021, se establece que en las modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), los contribuyentes que opten por tributar en el RESICO, deberán de contar con la e.firma activa a más tardar el 30 de junio de 2022
Para obtenerla, se deben cumplir con los requisitos y condiciones señalados en las fichas de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para personas físicas”, y la 106/CFF “Solicitud de renovación de Certificado de e.firma para personas físicas”.
Los contribuyentes que inicien actividades deberán cumplir a más tardar dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que iniciaron actividades. Se advierte que en caso de incumplir, no podrán tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, y para tales efectos, la autoridad fiscal podrá asignar al contribuyente el régimen fiscal que le corresponda.